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CBP Notification Of Temporary Travel Restrictions Applicable To Land Ports Of Entry And Ferries Service Between The United States And Canada And Mexico Until May 21, 2021.

CBP Notification of Temporary Travel Restrictions Applicable to Land Ports of Entry and Ferries Service Between the United States and Canada and Mexico until May 21, 2021.

El Departamento de Seguridad Nacional extendió la Notificación de Restricciones Temporales de Viaje Aplicables a los Puertos de Entrada Terrestres y al Servicio de Ferries entre Estados Unidos, Canadá y la notificación respectiva para México.

Las restricciones descritas en las Notificaciones son de naturaleza temporal y permanecerán vigentes hasta las 11:59 p.m. EDT del 21 de mayo de 2021, a menos que el Departamento de Seguridad Nacional las rescinda.

Las notificaciones extienden la restricción de viajes no esenciales en los puertos de entrada fronterizos terrestres. Las restricciones suspenden el ingreso a los Estados Unidos a través de la frontera terrestre, cruce de ferry, ferrocarril o a través de los puertos de entrada costeros desde Canadá y/o México, como inmigrantes o no inmigrantes para cualquier viaje que no se considere esencial.

Actualmente, estas restricciones no se aplican a los viajes aéreos, ferroviarios de carga o marítimos entre Estados Unidos y Canadá y/o México, pero sí se aplican a los viajes en tren de pasajeros, en ferry de pasajeros y en barcos de recreo entre Estados Unidos y Canadá.

La determinación de los viajes esenciales continúa quedando a discreción del puerto de entrada.

Los viajes esenciales incluyen, entre otros:

  • Ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales que regresan a los Estados Unidos;
  • Personas que viajan por motivos médicos (por ejemplo, para recibir tratamiento médico en los Estados Unidos);
  • Personas que viajan para asistir a instituciones educativas;
  • Personas que viajan para trabajar en los Estados Unidos (por ejemplo, personas que trabajan en la industria agrícola o ganadera y que deben viajar entre los Estados Unidos y Canadá para llevar a cabo dicho trabajo);
  • Personas que viajan por motivos de respuesta a emergencias y salud pública (por ejemplo, funcionarios gubernamentales o personal de respuesta a emergencias que ingresan a los Estados Unidos para apoyar los esfuerzos del gobierno federal, estatal, local, tribal o territorial para responder al COVID-19 u otras emergencias);
  • Personas que participan en el comercio transfronterizo legal (por ejemplo, conductores de camiones que apoyan el movimiento de carga entre Estados Unidos y Canadá);
  • Personas que realicen viajes oficiales gubernamentales o viajes diplomáticos;
  • Miembros de las Fuerzas Armadas de los EE. UU., y los cónyuges e hijos de miembros de las Fuerzas Armadas de los EE. UU., que regresen a los Estados Unidos y;
  • Personas que participan en viajes u operaciones relacionados con el ámbito militar;

Los miembros de las tribus reconocidas a nivel federal, cuyas reservas se extienden a lo largo de la frontera entre Estados Unidos y Canadá, también se consideran esenciales cuando viajan de una parte de una reserva a otra.

Los viajes no esenciales incluyen, entre otros:

  • Los viajes en embarcaciones de recreo no son esenciales, ya que constituyen viajes con fines turísticos (por ejemplo, recreación);
  • Si los viajeros buscan comprar suministros que estén fácilmente disponibles en el lugar donde residen en Canadá o México, estos son algunos ejemplos de artículos no esenciales para su viaje: alimentos y combustible;
  • Las visitas de amigos y familiares no son esenciales, a menos que sean cuidadores o ayuden a proporcionar transporte a una cita médica;
  • La recogida y entrega de correo no es esencial a menos que se trate de un suministro necesario, es decir, por ejemplo: medicamentos recetados.

 

Tenga en cuenta que, a medida que las jurisdicciones locales se preparan para reiniciar sus economías y permitir que más empresas reabran, continúan las restricciones federales de viaje a lo largo de las fronteras terrestres. Además, a medida que los deportes profesionales comienzan a reanudar sus operaciones, los viajes de los atletas a través de los puertos de entrada fronterizos terrestres para participar en eventos deportivos se consideran esenciales.

Carlos Sandoval

Carlos Enrique Sandoval, Attorney, member of the FL Bar, AILA and licensed to practice law by the Supreme Court and the Federal Court for the Southern District of Florida.

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