La clasificación E-3 sólo se aplica a los nacionales de Australia. Debe venir a Estados Unidos únicamente para prestar servicios en una ocupación especializada. La ocupación especializada requiere la aplicación teórica y práctica de un cuerpo de conocimientos en campos profesionales y al menos la obtención de un título de licenciatura, o su equivalente, como mínimo para la entrada en la ocupación en los Estados Unidos.
Criterios de admisibilidad
Para optar a un visado E-3, debe demostrar que:
Solicitar un visado E-3 desde Estados Unidos
Documentos de apoyo
Su formulario I-129 debe incluir los siguientes documentos:
Solicitar un visado en una embajada o consulado de EE.UU.
Si su petición Formulario I-129 es aprobada, enviaremos un Formulario I-797, Aviso de Acción/Aprobación al empleador, quien a su vez se lo enviará a usted. La notificación de aprobación del Formulario I-797 no es un visado estadounidense, ya que el visado debe obtenerse en una embajada o consulado de EE.UU. en el extranjero. Después de que el USCIS apruebe el Formulario I-129, el siguiente paso es solicitar un visado estadounidense en una embajada o consulado de EE.UU., generalmente en su país de residencia en el extranjero. Visite la página Departamento de Estado, página web Travel.state.gov Trabajadores Temporales para obtener más información sobre visados, procedimientos de solicitud e información de contacto en la web de la embajada de EE.UU.
Período de estancia/Prórroga de la estancia
Período inicial de estancia |
Prórroga de estancia |
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2 años | Hasta 2 años por prórroga; sin número máximo de prórrogas, con algunas excepciones. |
Cambio de empleo
Su nuevo empleador debe presentar una nueva Solicitud de Condición Laboral y una nueva solicitud de visado E-3. El intervalo entre los empleos debe ser de 10 días o menos.
Nota: El formulario I-129 se utiliza para solicitar una prórroga de estancia o un cambio de empleo.
Familiares de titulares de visados E-3
Su cónyuge y sus hijos solteros menores de 21 años tienen derecho a la misma clasificación E-3. Su cónyuge tiene derecho a la autorización de trabajo, pero no sus hijos. Para solicitar la autorización de trabajo como cónyuge de un no inmigrante E-3, su cónyuge deberá presentar el formulario I-765, Solicitud de autorización de empleo. Para más información sobre los procedimientos de solicitud, consulte la página "Autorización de trabajo" página.