El Abogado de Inmigración de la Florida, Carlos E. Sandoval ofrece asesoramiento sobre Mociones de Reapertura Conjuntas
Las Mociones Conjuntas de Reapertura aplican a personas que tienen una orden final de deportación, pero que califican para un ajuste de estatus por medio de un familiar inmediato como un esposo, padre o hijo adulto mayor de 21 años. Si la persona tiene una orden final de deportación no puede pedir el ajuste ante inmigración porque solo el juez tiene jurisdicción. Y el juez no le puede aprobar el ajuste porque ya el caso en corte está cerrado.
El abogado Sandoval explica que: “En este tipo de casos lo que se tiene que hacer es reabrir el caso en corte de inmigración para que el juez pueda adjudicar el ajuste de estatus. Normalmente para reabrir un caso en corte se tiene que hacer dentro de los 90 días después que el juez ordeno la deportación. Pero para la mayoría de las personas esas órdenes de deportación ya tienen más de 90 días. Una de las excepciones para ese plazo de 90 días es si se puede convencer al fiscal para que se una en la moción de reabrir el caso. Con el nuevo memorando de discreción procesal que emitió el Departamento de Seguridad Nacional hace un par de semanas, una de las cosas que están dispuestos a hacer es reabrir casos en los cuales ya hay una deportación si la persona califica para un ajuste de estatus. Por medio de esto se podría reabrir el caso aun si han pasado más de 90 días desde la orden de deportación, y pedirle el ajuste de estatus al juez”.
Existe una guía específica para la presentación y el marco de tiempo para las Mociones Conjuntas de Reapertura. El abogado Sandoval alienta a todos los que puedan tener un caso a ponerse en contacto con nuestra oficina para obtener asesoramiento.