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Con los años, varias leyes se han aprobado cubriendo categorías especiales de inmigrantes que califican para una tarjeta verde. A continuación se muestra una lista de las diferentes maneras que usted puede calificar para una tarjeta verde bajo la categoría EB-4 Inmigrantes Especiales. Seleccione la categoría apropiada y haga clic en Iniciar ahora para aprender más.

Trabajadores Religiosos:

  • Un ministro religioso, monja, sacerdote, rabino, ordenado diácono o religioso.
  • Un instructor religioso, consejero o catequista.
  • Un trabajador en unas instalaciones de atención de salud religiosos.
  • Un locutor religioso.

Los antiguos empleados de la Zona del Canal de Panamá

  • Un ex empleado de la Compañía del Canal de Panamá o el gobierno de la Zona del Canal

Ex-empleados del Gobierno de los EE.UU.

  • Un antiguo empleado de la oficina de gobierno de los EE.UU. extranjera

Los antiguos empleados de las Fuerzas Armadas de EE.UU.

  • Un antiguo empleado de las Fuerzas Armadas de los EE.UU.

Los empleados jubilados de las organizaciones internacionales y sus familias

  • Un empleado de la organización internacional que han vivido en los EE.UU. por lo menos 15 años antes de su jubilación con una visa G-4 o N.
  • Esposa del G-4 o el titular N visa.
  • Niño de G-4 o el titular N visa.
  • Cónyuge de un empleado fallecido de una organización internacional.

Visa OTAN-6 para Civiles Retirados

  • Un jubilado civil de OTAN-6.
  • Conyugue de portador de la visa SN-1.
  • Niño de portador de la visa SN-1.
  • Cónyuge de un empleado fallecido civil de OTAN-6.

Los empleados del International Broadcasting Bureau, y sus familias

  • Un empleado de la Oficina Internacional de Radiodifusión de la Junta de Gobernadores de Radiodifusión o un concesionario de dicha organización.
  • Conyugue de un titular de visa BC-1.
  • Niños de un titular de visa BC-1.

Trabajadores Agrícolas Especiales

  • Un trabajador extranjero que realizo trabajo agrícola en el sector agrícola durante al menos 90 días entre el 1 de 1985 y el 01 de mayo 1986.

Médicos Extranjeros Graduados

  • Un graduado de medicina extranjera que llegó a los EE.UU. antes de 10 de enero 1978 con una visa H o J, y continua ejerciendo la medicina.

Esposas y niños maltratados

  • Un cónyuge abusado de un ciudadano de EE.UU. o residente permanente legal.
  • Un niño maltratado de un ciudadano de EE.UU. o residente permanente legal.

Refugiados

  • Los extranjeros desplazados por la guerra, el hambre y los disturbios civiles y políticos, y no pueden o no quieren regresar a su país de origen debido a persecución o a un temor bien fundado de persecución.
  • Un extranjero en el país de origen que ha experimentado persecución en el pasado o tiene un temor bien fundado de persecución en el futuro.

Solicitantes de Asilo

  • Un extranjero en los EE.UU. que no puede o no quiere regresar a su país de origen debido a persecución o a un temor bien fundado de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad o pertenencia a un determinado grupo social o político.

Residentes Permanentes que Regresan

  • Residentes permanentes legales que partieron los EE.UU. con la intención de volver, pero han estado fuera de los EE.UU. por más de doce meses debido a circunstancias fuera de su control

Menores Los niños extranjeros

  • Un niño extranjero que haya sido declarado dependiente en un tribunal de menores ubicado en los EE.UU.
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